Por: Laura Suaznábar Terrazas
6. EL ENDURECIMIENTO DE LAS PENAS Y LA PREVENCIÓN DEL DELITO EN UN ESTADO DE DERECHO
De lo que podemos informarnos por la prensa, podemos interpretar que la más eficaz e inmediata solución política al problema de la inseguridad lo representan propuestas legislativas:
a) la tipificación de nuevos delitos;
b) el aumento de las escalas penales (en su mínimo y en su máximo);
c) la limitación de derechos penitenciarios; y
d) la disminución de la edad de imputabilidad de los menores.
¿Ello será suficiente para disminuir la tasa de criminalidad?
La prevención general que propugnan las leyes no es basta, no es suficiente una ley política de emergencia. Creemos que la cuestión pasa más bien por trabajar sobre las causas de la delincuencia y no sobre sus efectos a los fines preventivos generales.
El delito tiene múltiples causas, y sobre ellas, el Estado debe trabajar responsablemente en busca de su disminución. Atacar las causas y no los efectos con palabras simples y repetidas como educación personal y familiar, igualdad de oportunidades laborales y sociales, generación de empleos genuinos y no subsidios estatales temporales, provisión de recursos humanos y materiales a las fuerzas de seguridad y al Poder Judicial, capacitación profesional y reestructuración ética de sus integrantes pueden -quizás- marcarnos un camino más factible para llegar a disminuir el delito. De ninguna manera, debemos marchar hacia construcciones jurídicas que buscan “proteger” mejor a la sociedad mediante la flexibilización o vulneración de principios clásicos de Derecho Penal y de Derecho Procesal Penal, porque no debemos olvidarnos que en la postura de Jackobs, el mayor riesgo lo representa la incertidumbre de las pautas y el órgano-persona encargado de determinar quien es “el enemigo”. Así la sociedad pueda sentirse protegida dentro del marco que comprende un Estado de Derecho.
“El problema de la inseguridad ciudadana está -más allá de la ‘sensación’ promovida por los medios de prensa-, y no es un problema nuevo”. La solución no debe venir de las directrices de un Derecho Penal de Dos Velocidades o de un Derecho Penal del Enemigo, aunque esta pareciera ser la tendencia mundial y a la que, tal como estamos caminando, difícilmente podamos sustraernos. No existe razón lógica-científica, para que la preocupación obsesiva por una forma de delincuencia condicione la totalidad del sistema penal-procesal-penitenciario. Seguimos creyendo que las leyes penales, deben ser el resultado de un proceso reflexivo y científico, en el que se escuchen a los diferentes sectores de la comunidad. Se debe dejar de generar un Derecho Penal Simbólico, que como está demostrado, empíricamente, de nada sirve.

