En abril de 2025, la revista Debates Digitales, una iniciativa de la Fundación Friedrich Ebert, Oxfam en Bolivia y la Fundación Internet Bolivia, orientada a publicar estudios, ensayos y análisis sobre las sociedades en redes digitales, publicó su segundo número, un artículo de Cármen Núñez Arébalo. En este texto la autora “pasa revista de manera sistemática a las y los activistas digitales e influencers enfrentados en defensa y en contra de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, prácticamente desde su promulgación.”
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Ley 348 o Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia fue promulgada el 9 de marzo de 2013. En su artículo 2 afirma que: [esta ley] tiene por objeto establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos para Vivir Bien (Ley 348, 2013).
Este es sin duda un importante avance para la lucha contra la violencia de género y el sistema patriarcal en Bolivia.
La promulgación de esta ley tuvo un proceso largo de alrededor de siete años, desde 2006, cuando se empieza la revisión de la anterior legislación, hasta 2013 con su promulgación. Estuvieron involucradas muchas organizaciones, tanto de mujeres como ONG u organizaciones políticas. Podríamos mencionar algunas como el Centro de Información y Desarrollo de la Mujer (CIDEM), el Programa Regional Combatir la Violencia Contra las Mujeres en América Latina ComVoMujer, el entonces Viceministerio de Igualdad de Oportunidades (VIO), la Plataforma de Asambleístas del MAS1, el Comité Impulsor de la Agenda Legislativa desde las Mujeres y la Alianza de Organizaciones de Mujeres por la Revolución Cultural y Unidad, pero esta no es una lista exhaustiva (Tapia, 2014).
Aunque todas estas organizaciones, junto con la Vicepresidencia y las distintas bancadas parlamentarias y comisiones de asambleístas, trabajaron en distintas modificaciones hasta llegar a una versión final de la ley lo más completa posible, desde el principio se sabía que necesitaría reglamentos y legislación complementaria para funcionar. Así es como, a través de los años, se han promulgado otras nueve leyes y decretos para complementarla o modificarla, incluyendo el reglamento específico de esta ley (véase el anexo 5), estableciendo procedimientos y mecanismos de prevención y acompañamiento (Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, 2024).
Sin embargo, no han sido suficientes, y desde diversos espacios mujeres, activistas e instituciones se ha señalado que la ley aún tiene vacíos. En algunos casos se queda corta y en otros simplemente no funciona adecuadamente debido al sistema de justicia y sus vicios. Mucho de esto se debe a que la ley está en un marco institucional patriarcal, el sistema jurídico y estatal, donde con frecuencia la justicia no es independiente y reproduce las desigualdades estructurales entre hombres y mujeres o diversidades sexuales.
Estas falencias llevaron a que en el año 2020 se planteara una modificación para fortalecer la Ley 348 con el Decreto Supremo 4399 (2020), que establecía un periodo de 60 días para presentar un proyecto de ley de modificación. No obstante, esta modificación nunca llegó a concretarse y la ley sigue teniendo diversas falencias en la actualidad.
Todas las modificaciones y adiciones que se han ido sucediendo hasta ahora siempre habían buscado mejorar y fortalecer la Ley 348. Aunque se trata de una legislación sumamente polémica y criticada desde distintos sectores de la sociedad, hasta mayo y abril de 2024 no surgieron detractores desde el oficialismo y la oposición parlamentaria que propusieran su eliminación completa o su modificación retrógrada, o sea, que se la debilite o que cambie el espíritu de la misma.
Es necesario entender quiénes son estos sectores detractores de la ley, cómo cobran la fuerza suficiente para actuar en el órgano legislativo, cómo se articulan y qué discursos despliegan entre la sociedad. Esto es imprescindible para poder defender los avances que se han hecho en materia de lucha contra la violencia de género y para profundizar los cambios que el sistema patriarcal necesita para operar adecuadamente una ley como la Ley 348. A la vez, y con el mismo objetivo, es necesario ver cómo la sociedad civil, particularmente las organizaciones feministas y de mujeres, se organizan y reaccionan ante estos retrocesos en Bolivia.
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