PROPIEDAD Y TENENCIA DE LA TIERRA Por: El Hueco en el Muro

Seguimos conversando en torno a un tema que tiene que ver con la estructura agraria en el país misma que fue develada y es un proceso que viene desde hace tiempo atrás en torno a las desigualdades y criterios de justicia respecto a cómo está distribuida la tierra en Bolivia.

Elmer comparte algunos elementos para seguir conversando: En Noviembre del 2023 el gobierno ha presentado y pretende que se apruebe una ley que permite la conversión de la cualidad de la tierra: de pequeña propiedad a mediana propiedad, en el proyecto de ley se especifica que la razón es hacer que la pequeña propiedad sea sujeta de crédito.

Analizando esta ley en cierta manera nos parece riesgosa por dos aspectos que tienen que ver con: 1.- La característica que se ha venido defendiendo: Evitar una subasta de tierras, la conversión de la tierra en si como un mecanismo mercantil, es decir que pueda ser vendida y comprada desfavoreciendo a los poseedores actuales, en este momentos gran parte de la tenencia de tierra está nominada no tanto en superficie de tierra sino en cantidad de personas por lo tanto son pequeñas propiedades, entonces actualmente la ley agraria del INRA establece que la pequeña propiedad e inembargable, también en la misma ley la mediana propiedad es sujeta de crédito, entonces ahí está el detalle, en este momento la pequeña propiedad no sería sujeta de crédito porque aparentemente los que dan un crédito/prestan dinero no tienen un bien de garantía, es decir la tierra no puede ser esa garantía para adquirir un préstamo puesto que ese bien en este momento está calificado dentro de la norma como inembargable, lo cual no sucede con la mediana propiedad que si es sujeto de crédito y obviamente es embargable.

Entonces viendo estos aspectos el gobierno arguye en este proyecto de ley que si voluntariamente los campesinos declaran que su pequeña propiedad va a transferirse a mediana propiedad pueden ser sujetos de crédito  y es aquí donde vemos un peligro, puesto que al ser la superficie reducida resulta de que las capacidades productivas, las posibilidades de rentabilidad es muy posible que no alcance a poder pagar el crédito y en ese momento al ser una propiedad embargable entonces puede ser subastada por el ente creditico para recuperar el dinero.

En el actual contexto resulta que muchas propiedades pequeñas se van reduciendo, el minifundio se va ampliando puesto que la herencia desde 1952, esas pequeñas propiedades han sido sub-divididas y cada vez son más pequeñas, entonces resulta que los/as hijos/as tampoco pueden venderlas así de fácil ya que resulta que estas propiedades son indivisibles…..ponemos aquí la intervención completa de Elmer respecto a este tema tan importante….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente original de la imagen de portada: https://www.rigobertoparedes.com/es/compra-venta-tierras-agrarias-bolivia/